Informe de Evaluación del Edificio Cantabria
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Informe de Evaluación del Edificio

Con el Decreto 1/2014, de 9 de enero, el Gobierno de Cantabria desarrolla los preceptos de la Ley 8/2013, de 26 de junio, necesarios para su aplicación en Cantabria, estableciendo además el contenido detallado del Informe de Evaluación de los Edificios y, por otra parte, deroga el Decreto 3/2013 por el que regula la inspección técnica de edificios en Cantabria.

En dicho Decreto se establece que están sujetos al Informe de Evaluación del Edificio todos los edificios con una antigüedad superior a cincuenta años cuya tipología sea residencial de vivienda colectiva a los que se refiere la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

El deber de obtener el Informe de Evaluación del Edificio corresponde a sus propietarios, sean personas físicas o jurídicas, así como a las comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios, que deberán asumir los costes de los informes y de la reparación de los daños detectados.

El encargo de la realización del Informe de Evaluación del Edificio lo ha de realizar la comunidad o agrupación de comunidades o propietarios únicos del edificio.

El Informe de Evaluación del Edificio tendrá una validez de diez años, transcurridos los cuales será preciso solicitar un nuevo Informe de Evaluación.

Nuestro equipo profesional

Diana Fernández Bozal, arquitecto técnico colegiado, y su equipo profesional tienen una experiencia acreditada en la realización del certificado de eficiencia energética de la forma más rápida y segura.

Tanto en la realización del Informe de Evaluación del Edificio como en los otros ámbitos donde desarrollamos nuestra actividad (certificación de eficiencia energética, servicios de peritaciones, tasaciones y en el área de construcción y dirección de obra), ofrecemos un servicio profesional, rápido, de calidad y a un precio competitivo.

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