Informe de Evaluación del Edificio Cantabria

Preguntas frecuentes sobre el Informe de Evaluación del Edificio

11-.¿Cuál es el calendario para la realización del primer Informe de Evaluación del Edificio?

Con el objeto de facilitar la obtención ordenada del Informe de Evaluación del Edificio se establece el siguiente calendario para la obtención del primer informe:

  • Edificios de más de 100 años de antigüedad, dentro del primer año desde la entrada en vigor del Decreto 1/2014, de 9 de enero.
  • Edificios de más de 80 años y menos de 100 años de antigüedad, dentro del segundo año desde la entrada en vigor del Decreto 1/2014, de 9 de enero.
  • Edificios de más de 65 años y menos de 80 años de antigüedad, dentro del tercer año desde la entrada en vigor del Decreto 1/2014, de 9 de enero.
  • Edificios de más de 50 años y menos de 65 años de antigüedad, dentro del cuarto año desde la entrada en vigor del Decreto 1/2014, de 9 de enero.
  • Edificios de 50 años, dentro del quinto año de antigüedad, desde la entrada en vigor del Decreto 1/2014, de 9 de enero.

Nota: El Decreto 1/2014 por el que se regulan las condiciones y se crea el Registro de los Informes de Evaluación del Edificio, entró en vigor el 18 de enero de 2014

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