Preguntas frecuentes sobre el Informe de Evaluación del Edificio
2-.¿Qué edificios están sujetos al Informe de Evaluación del Edificio?
Están sujetos al Informe de Evaluación del Edificio todos los edificios con una antigüedad superior a cincuenta años cuya tipología sea residencial de vivienda colectiva a los que se refiere la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.