Preguntas frecuentes sobre el Informe de Evaluación del Edificio
6-.¿Quién comunica que hay que realizar el Informe de Evaluación del Edificio?
El Ayuntamiento deberá comunicar al menos con tres meses de antelación al cumplimiento de cincuenta años del edificio, o en su caso a cada inspección periódica posterior, a los propietarios de los inmuebles afectados, la obligación de obtener el Informe de Evaluación del Edificio, con indicación del plazo para su realización y las consecuencias de su incumplimiento.